El Gobierno español aprueba rebajas en la factura del gas

También refuerza los bonos eléctrico y térmico para familias vulnerables o numerosas

Economía & Negocios19 de octubre de 2022 RH
Rebaja gas españa

El Gobierno financiará a través de los Presupuestos Generales del Estado (PGE) el déficit generado por los límites al incremento de la factura del gas natural para la nueva Tarifa de Último Recurso (TUR) de ahorro vecinal para las calderas comunitarias, así como por la prórroga de las condiciones vigentes para los consumidores domésticos de la TUR 1 y TUR 2 para limitar la subida en sus recibos del gas en un 5%, que estarán en vigor en ambos casos hasta finales de 2023.

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un Real Decreto-ley de ayudas que movilizará 3.000 millones de euros de los PGE para rebajar la factura energética de un 40% de los hogares del país ante el impacto de la crisis.

En rueda de prensa tras el Consejo de Ministros, la vicepresidenta tercera del Gobierno y ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera, destacó que este Real Decreto-ley representa el décimo paquete adoptado por el Ejecutivo desde junio de 2021 para proteger a las familia y al tejido industrial, acelerar la transformación del sistema energético y reaccionar a la crisis motivada por Rusia.

Asimismo, subrayó que este nuevo paquete de medidas, que insistió que introduce unas nuevas tarifas para los consumidores "temporales y extraordinarias" ante el actual contexto de crisis energética, afecta a un total de 18 de las 73 recogidas en el plan de contingencia aprobado la pasada semana para hacer frente a este otoño/invierno, lo que hace que un total de 29 medidas "ya estén activadas".

Rebajas en las facturas de las calefacciones comunitarias

En el caso concreto de la rebaja para las facturas de las calefacciones comunitarias, esta extensión del esquema de protección de la Tarifa de Último Recurso (TUR) de gas natural a una nueva TUR de ahorro vecinal beneficiará a 1,7 millones de hogares y se prevé que represente un 50% de ahorro en la factura.

Esta nueva TUR, que en verdad incluye un total de ocho diferentes en función del consumo, obligará, eso sí, a que los consumidores que se beneficien de ella tengan instalados contadores individuales antes del 30 de septiembre de 2023, así como a tener sus calderas revisadas.

Además, estará sujeto al descuento solamente el 100% del equivalente al consumo de los últimos cinco años, mientras que si se consume más de la media de esos últimos cinco años, el incremento de consumo paga la TUR4 más un 25%, con el objetivo de incentivar el consumo eficiente por parte de las comunidades de propietarios.

"Es un ahorro que estimamos en el 40%. Calculamos cuál es el consumo medio de esa comunidad en los últimos 5 años, y al 70% de ese consumo le aplicamos un descuento del 40%; el 30% seguiría pagando el gas al precio que está en el mercado. Si la comunidad incrementara su consumo por encima del consumo medio, habría una penalización", indicó Ribera.

Se amplía el plazo para mantener el techo al precio del gas en la Tarifa de Último Recurso (TUR) de consumidores domésticos

En lo que respecta al techo establecido por el Ejecutivo que impedía para la TUR1 y TUR2 -las de consumidores domésticos de gas natural- que el componente del gas natural subiera más de un 15% en cada revisión trimestral de la TUR, lo que suponía limitar el alza en el recibo a un máximo de en torno al 5%, también se amplia hasta el 31 de diciembre de 2023, cuando expiraba este próximo marzo.

Así, según indicaron en fuentes del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, el déficit generado por estas medidas a partir del próximo mes de noviembre será asumido con cargo a los PGE.

No obstante, el déficit acumulado por la limitación que estaba vigente en el caso de la TUR1 y TUR2 desde que se adoptó en octubre de 2021 hasta finales de este mes se deberá devolver como estaba previsto, con el abono de la diferencia por cada consumidor cuando finalice el periodo de vigencia de la medida.

Además, el Gobierno limita la posible penalización para rescindir contratos de gas natural, incluyendo además la rescisión inmediata con ello de los posibles contratos vinculados de servicios.

Refuerzo a los bonos sociales eléctrico y térmico

Junto a estas medidas, el nuevo paquete aprobado, que viene a complementar el plan de contingencia, denominado Plan Más Seguridad Energética, que lanzó la pasada semana el Gobierno, refuerza los bonos sociales -eléctrico y térmico-, a los que pueden acogerse las familias vulnerables o numerosas.

Así, se incluyen nuevos descuentos del 40% en la factura eléctrica para 1,5 millones de hogares trabajadores con bajos ingresos y se refuerza el actual bono social, al que están acogidos 1,3 millones de hogares.

A esta nueva categoría de consumidor con derecho a un descuento del 40% en la factura de la luz se podrán acoger las familias con varios miembros (dos adultos y dos menores) cuya renta conjunta ascienda a casi 28.000 euros, así como aquellas personas que vivan solas y ganen poco más de 16.000 euros. También cubre a dos personas que vivan juntas y ganen entre las dos 19.320 euros, dos adultos y un niño que junten 23.520 euros o un núcleo familiar de varios miembros cuya renta conjunta se quede en torno a esos 28.000 euros.

También se da más flexibilidad para los consumidores, permitiendo la realización de modificaciones de la potencia contratada a autónomos y empresas con una flexibilidad superior a la actual hasta el 31 de diciembre de 2023.

Igualmente, se aumenta el descuento para los consumidores vulnerables del 60% al 65%, se elevará del 70% al 80% el de los consumidores vulnerables severos y se incrementará un 15% la cantidad de energía con derecho a esos descuentos.

Asimismo, se incrementan las ayudas del bono social térmico, que crece desde la horquilla de 35 euros a 350 euros al año, según la zona climática del beneficiario, hasta la horquilla de 40 euros a 375 euros al año, duplicando así su dotación presupuestaria.

Prorrogadas las deducciones fiscales por rehabilitar viviendas y edificios

El Real Decreto-ley aprobado por el Consejo de Ministros incluye una prórroga temporal de un año de las deducciones fiscales que se pueden aplicar los contribuyentes por la inversión en la mejora energética de su vivienda individual o su edificio.

Según explica el Ministerio de Hacienda, las deducciones existentes que se aplican en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en viviendas se amplían hasta el 31 de diciembre de 2023, mientras que las bonificaciones en el caso de edificios de uso residencial se extienden hasta el 31 de diciembre de 2024. En ambos casos, la prórroga temporal es de un año, lo que permitirá que los contribuyentes cuenten con un mayor plazo para poder acometer tales obras que permitan reducir el consumo de energía primaria no renovable o la demanda de calefacción o de refrigeración de las mismas.

Actualmente, la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) prevé una serie de deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas, que van del 20% al 60% en función de la reducción de consumo obtenida y del tipo de inmueble, ya sea vivienda individual o edificio residencial. Repasamos las condiciones de cada caso:

Deducción del 20% por obras que reduzcan la demanda de frío y calor

Los contribuyentes podrán deducirse el 20% de las cantidades satisfechas, con una base máxima anual de 5.000 euros, desde la entrada en vigor de la normativa (6 de octubre 2021) y hasta el 31 de diciembre de 2023. Es decir, la reforma debe realizarse antes de que termine el próximo ejercicio.

También es necesario contar con el certificado de eficiencia energética de la vivienda tras las obras, que debe ser expedido por el técnico competente antes del 1 de enero de 2024. 

Por otro lado, esta bonificación fiscal va destinada únicamente a los hogares, ya sea la vivienda habitual o esté alquilada. Así pues, no se podrá aplicar esta deducción por la parte de la obra que se realice en plazas de garaje, trasteros, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas y otros elementos análogos. Tampoco en la parte de la vivienda que esté afecta a una actividad económica.

Otro de los requisitos es que las obras realizadas deben reducir en al menos un 7% la demanda de calefacción y refrigeración de la vivienda; reducción que debe ser certificada por un técnico.

Deducción del 40% por obras que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable

En este caso, los contribuyentes podrán deducirse el 40% de las cantidades satisfechas desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 19/2021 (6 de octubre 2021) y hasta el 31 de diciembre de 2023 por las obras realizadas durante dicho período para la mejora en el consumo de energía primaria no renovable de su vivienda habitual o de cualquier otra de su titularidad que tuviera arrendada para su uso como vivienda en ese momento o en expectativa de alquiler, siempre que en este último caso, la vivienda se alquile antes de 31 de diciembre de 2023. La base máxima anual de esta deducción será de 7.500 euros anuales.

A estos efectos, únicamente se entenderá que se ha mejorado el consumo de energía primaria no renovable en la vivienda en la que se hubieran realizado tales obras cuando se reduzca en al menos un 30% el indicador de consumo de energía primaria no renovable; o bien se consiga una mejora de la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación. La mejora debe ser acreditada mediante certificado de eficiencia energética expedido por el técnico competente después de la realización de las obras. Y al igual que en la deducción anterior, es necesario contar con ese certificado oficial antes del 1 de enero de 2024.

Deducción del 60% por obras en edificios residenciales

Los contribuyentes propietarios de viviendas ubicadas en edificios de uso predominante residencial en el que se hayan llevado a cabo obras de rehabilitación energética desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 19/2021, de 5 de octubre, hasta el 31 de diciembre de 2024, podrán deducirse el 60% de las cantidades satisfechas durante dicho período por tales obras, hasta un máximo de 15.000 euros.

A estos efectos, tendrán la consideración de obras de rehabilitación energética del edificio aquéllas en las que se obtenga una mejora de la eficiencia energética del edificio en el que se ubica la vivienda, debiendo acreditarse una reducción del consumo de energía primaria no renovable, referida a la certificación energética, de un 30% como mínimo, o bien, la mejora de la calificación energética del edificio para obtener una clase energética «A» o «B». Se asimilarán a viviendas las plazas de garaje y trasteros que se hubieran adquirido con estas. No darán derecho a practicar esta deducción por las obras realizadas en la parte de la vivienda que se encuentre afecta a una actividad económica.

La deducción se practicará en los períodos impositivos 2021, 2022, 2023 y 2024 en relación con las cantidades satisfechas en cada uno de ellos, siempre que se hubiera expedido, antes de la finalización del período impositivo en el que se vaya a practicar la deducción, el citado certificado de eficiencia energética, con el 1 de enero de 2025 como fecha límite.

Se amplía a un kilómetro el límite para compartir energía mediante autoconsumo eléctrico
El Gobierno ha aprobado duplicar hasta un kilómetro, desde los 500 metros actuales, el límite para el autoconsumo a través de la red de la energía generada en plantas fotovoltaicas de baja tensión, lo que permitirá a cualquier consumidor beneficiarse de la energía generada por estas instalaciones.

En total son 73 medidas mediante las que se pretende alcanzar un ahorro adicional en el consumo de gas natural en el país de entre un 5,1% y un 13,5% entre el pasado mes de agosto y mayo de 2023.

Esta medida en concreto está destinada a impulsar el autoconsumo para instalaciones en cubierta, al permitirse más de una instalación en una misma referencia catastral, evitando limitaciones al crecimiento en lugares donde ya haya una planta.

La derogación de este límite al autoconsumo era una de las medidas más reclamadas por las asociaciones del sector, que consideraba que el límite de 500 metros se había quedado desfasado comparados con los dos kilómetros que se fijan en Francia o Portugal.

Fuentes del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico indicaron que esta medida se enmarca en el impulso que el Gobierno quiere dar a la transición energética y, en particular, a través del autoconsumo, donde en este 2022 ya se han instalado 10 veces más de la potencia que existía en 2018.

Así, insistieron en que la mayor capacidad renovable desplegada han hecho que el golpe de la sequía y del gas natural por la crisis provocada por Rusia haya sido menos duro y permitirá a España estar en una mejor posición si se acelera la transición.

Junto a este incremento en el límite de distancia, el Gobierno también ha aprobado otras medidas encaminadas al impulso del autoconsumo, como la simplificación administrativa hasta 500 kilovatios (kW), un mayor aprovechamiento para las cubiertas, la flexibilización de las líneas directas para su desarrollo o la creación del gestor de autoconsumo compartido.

Además, se procede a la declaración de utilidad pública (DUP) de las nuevas líneas directas de conexión de plantas de producción de gases renovables con la red de transporte y distribución de gas natural, desarrollando el concepto de línea directa para plantas de producción establecido en el RDL 6/2022.

Más transparencia en las facturas de la luz

Otro importante frente para el Gobierno es la transparencia en la información en las facturas energéticas. En este sentido, el Ejecutivo obligará a incluir en los recibos información sobre el consumo medio de consumidores en el mismo código postal, así como a dar información detallada (nomenclatura estandarizada y transparencia sobre el precio promedio de ajuste) sobre la aportación del mecanismo ibérico que se aplica desde el pasado mes de junio para topar el precio del gas para la generación de electricidad.

Fuentes del Ministerio indicaron que prevén que estos cambios en la factura energética puedan ya incluirse a partir del próximo mes de diciembre y subrayaron que están motivados, entre otras razones, por el hecho de que se ha detectado en los últimos meses que algunas comercializadoras están explicitando el mecanismo ibérico de una manera que puede llevar a la confusión, cuando es una medida que en términos netos tiene un efecto positivo para el consumidor y que ha ahorrado en torno a 3.000 millones de euros desde su aplicación.

Fuente: El Idealista.

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